La Municipalidad emitió un comunicado destinado a los vecinos del partido de General Pueyrredon en función del cumplimiento de lo ordenado el 23 de mayo de 2025, recordando que se mantiene vigente la suspensión de los artículos 19, 23, 27 y 28 de la Ordenanza Nº 21.296/2013, conforme a lo dispuesto por resolución judicial el 24 de septiembre de 2014, en el marco de la causa: “Picorelli Jorge Omar y otros contra la Municipalidad de General Pueyrredon según Inconstitucionalidad Ordenanza N.º 21.296”. Expediente que llegó a la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires.
Al respecto, recordaron que se encuentra vigente el régimen establecido por la Ordenanza Nº 18.740/2008, que prohíbe la utilización de productos químicos o biológicos de uso agropecuario y/o forestal, como plaguicidas y fertilizantes, dentro de un radio de mil (1.000) metros desde el límite de las plantas urbanas o núcleos poblacionales, entre otras disposiciones.
Asimismo, conforme lo resuelto por el Tribunal interviniente, se recuerda a los vecinos que deben cumplirse las demás medidas de prevención y protección del ambiente y de la salud de la población previstas en las Ordenanzas Nº 18.740/2008 y N.º 21.296/2013.
